sábado, 12 de mayo de 2012

Hacia una Nueva Generación de Productores Agropecuarios. Documento elaborado como aportación a la Fundación "Isidro Fabela"










HACIA UNA NUEVA GENERACIÓN DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS

J. Lauro Sánchez López









Puebla, Pue., a 11 de mayo de 2012





CONTENIDO


     Presentación


I.      Diagnóstico General

II.   Marco Institucional vigente
a)   Por una reingeniería institucional 


III. Hacia una Política Económica Sectorial
a)   Líneas de acción para producción de autoconsumo
b)  Líneas de acción para productores comerciales


IV.  El Minifundio y la Reconversión Productiva


V.    Ciencia y Tecnología Aplicada


VI.  Financiamiento para el Desarrollo




Presentación



Una economía está conformada por tres sectores: el agropecuario, el industrial y el de servicios, los tres son fundamentales para el desarrollo sano, equilibrado y estable de una economía, si alguno no se desarrolló al ritmo que se mueven los demás, se rompe el equilibrio y termina por afectar el crecimiento de la economía en general,  justamente lo que ha sucedido en México.

El documento que presentamos a continuación trata de reflejar la situación socioeconómica del sector agropecuario nacional, partiendo de un diagnóstico general,  buscamos reunir elementos que se orienten a la presentación de algunas estrategias y líneas de acción, que impulsen los cambios que el sector agropecuario necesita para responder a los tiempos y retos socioeconómicos que enfrenta la población nacional.


I. Diagnóstico General

Abundan los datos institucionales para realizar un diagnóstico del sector agropecuario nacional, hay  autores de libros dedicados a describir esta situación,  pero creo que pasamos por un momento oportuno para transitar del análisis a la propuesta, por eso referimos algunos datos como marco general.

En el campo mexicano vive casi una tercera parte de la población y genera únicamente el 4 por ciento del Producto Interno Bruto del país.

La OCDE considera que un país debe producir cuando menos el 75 por ciento de lo que consume, nuestro país escasamente produce el 53 por ciento, el déficit general productivo sobrepasa el 22 por ciento, una situación sumamente delicada para la economía nacional.

Según la FAO, en el 2011 México fue el país donde más disminuyó la producción de alimentos, se ubicó únicamente por arriba de algunos países africanos.

Actualmente importamos casi el 100 por ciento de los forrajes y alimentos para el ganado.

El sector primario de nuestra economía está enfocado a la producción de variedades agropecuarias de muy bajo valor económico y con prácticas que atentan contra los recursos naturales y el medio ambiente.
Es necesario buscar la solución a una situación que se agrava cada día, aprovechando la información y los recursos científicos y tecnológicos  para estudiar y revertir esta situación.


II.- El Marco Institucional Vigente

a)  Por una Reingeniería Institucional

Diagnóstico:

Recordemos que las potencias que participaron en la Segunda Guerra Mundial descuidaron sus sectores productivos y se convirtieron en importadores de alimentos, el sector agropecuario mexicano fue uno de los beneficiarios y gracias a esta circunstancia, para los sesenta había conformado un modelo sustitutivo de importaciones, las instituciones sectoriales creadas por el Estado Mexicano fueron las idóneas para ese momento.

No obstante, al finalizar la guerra vino la recuperación de los países participantes, se puso en marcha un nuevo modelo económico neoliberal,  que sugería abrir las economías a un mercado mundial regido por la eficiencia productiva y la competencia global. México no cambió ni adecuó su modelo hasta que la competencia nos desplazó llevándonos al margen del modelo económico vigente.

Las dependencias gubernamentales han cambiado de nombre, han modificado sus programas, han implementado acciones para responder a ciertas demandas, y sobrerregularon el acceso a sus programas y  recursos, sin llevar a cabo una reingeniería para enfrentar las necesidades que tiene el sector agropecuario de adaptarse a la nueva realidad económica mundial.

Líneas de Acción:

·     Creación del Consejo Nacional Agropecuario
·  Elaboración de un plan sectorial por: segmento productivo, vocaciones productivas regionales, cadenas de valor y oportunidades de mercado.
·   Impulso a la modificación del marco normativo de la SAGARPA, dándole tareas vinculantes para: el estudio del territorio, identificación de cadenas productivas, fomento a la integración de unidades productivas, integración de agro-parques y diseño de mecanismos de comercialización.
·  Facultar a la SAGARPA como dependencia rectora que deberá aportar criterios para la elaboración de programas sectoriales regionales, estatales y municipales.
·     Impulsar  la mejora regulatoria en la operación y acceso a los recursos y programas de la SAGARPA.
·     Impulso al  extensionismo rural para garantizar el éxito de los programas de fomento.
·  Impulsar el extensionismo rural mediante técnicos especializados en desarrollo de cadenas productivas.
·     Impulsar la transformación de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) e impulsar la creación de la Secretaría del Agua.
·  Otorgar a la Secretaria del Agua un perfil rector normativo vinculante y ejecutivo en políticas públicas de uso, tratamiento y reutilización de agua.
·  Construcción estratégica de grandes obras de almacenamiento de agua vinculadas al desarrollo de corredores agroindustriales.
·   Impulsar un extenso programa de fomento a la construcción de sistemas meso regionales, micro regionales y locales,  mediante la construcción de medianas y pequeñas obras de retención y cosecha de agua.
· Remplazo paulatino de los sistemas de riego rodado y aspersión por sistemas de uso eficiente del agua.
·     Creación de la Secretaría de Pesca y Acuacultura.
·  Fomento a la cría de especies piscícolas en cuerpos naturales y obras de retención de agua.
· Consolidación de los programas de mejoramiento genético del ganado ovino, bovino, caprino, porcino, caballar y otros.
·   Implementación de un programa de reemplazo a la ganadería extensiva en zonas eco sistemáticamente deprimidas mediante la tecnificación de la misma.
· Impulsar un programa de apoyo a los productores pecuarios para la capitalización de unidades productivas comerciales.
· Implementar un programa de apoyo para la conversión de rastros municipales y mataderos particulares en rastros tipo inspección federal.
·    Diseñar una política de apoyo a la inversión privada para la construcción de centros industrializadores de productos cárnicos para el mercado nacional y externo.
·     Fortalecimiento de los Comités Estatales de Sanidad Animal y Vegetal.


III. Hacia una Política Económica Sectorial
  
Diagnóstico

En el siglo pasado vivimos en México un auge importante en la organización de los productores agropecuarios con fines políticos, esto propició una cultura de participación basada en la demanda de recursos y apoyos en especie, los productores no tuvieron incentivos para orientar sus sistemas productivos hacia la eficiencia y productividad competitiva, y las instituciones gubernamentales se conformaron con tener estabilidad en el sector sin buscar fines productivos.
  
Hoy es necesario corregir este error histórico y plantearnos un trabajo con rigor administrativo, que nos permita plantear una política económica orientada a la productividad del sector, que trate diferenciadamente a los productores de autoconsumo y a productores comerciales, definiendo para cada uno el programa y apoyos específicos pertinentes.

a) Líneas de Acción para Producción de Autoconsumo

·     Organización social para la capacitación en mejores prácticas productivas.
·     Impulsar un programa social de siembra con semillas mejoradas.
·     Tecnificación de parcelas, huertos, solares y traspatios.
·     Impulso a la diversificación de la producción en baja escala con propósitos de seguridad alimentaria.
·   Impulso al manejo de técnicas de retención, cosecha, almacenamiento, uso y reutilización de agua.
· Implementar un programa social de adquisición de herramientas y maquinaria eficiente.
·  Promover un programa de asesoría para la compra consolidada de insumos.

b) Líneas de Acción para productores comerciales

· Llevar a cabo un estudio del territorio nacional por meso regiones, entidades federativas y municipios, para identificar vocaciones productivas susceptibles de traducirse en cadenas de valor.
·  Sustituir la política de desarrollo agropecuario general por una política económica que desarrolle las vocaciones productivas y cadenas de valor.
·     Fomentar la organización de los productores en cada vocación para alentar la asociación en torno a unidades productivas.
·     Impulsar la capacitación de productores en función de las necesidades de cada unidad productiva.
·     Integrar células administrativas por unidad productiva.
·     Impulso a las unidades productivas con las herramientas institucionales de financiamiento y capitalización.
·     Vinculación de las unidades productivas en cadenas de valor.
·     Integración de las cadenas de valor en agro-parques.
· Promover la inversión privada en procesos de transformación y comercialización.


IV.- El Minifundio y la Reconversión Productiva

Diagnóstico

En el último cuarto de siglo vivimos una fuerte depresión productiva de la forma social de tenencia de la tierra conocido como minifundio o ejido, cuyo promedio de propiedad apenas llega al 1.7 hectáreas por ejidatario, lo que ha vuelto incosteable la capitalización mediante la incorporación de sistemas tecnológicos de productividad eficiente.

Por otra parte, se ha dicho que lejos de disminuir, el minifundio se ha incrementado al dividirse las parcelas de ejidatarios de la primera generación entre los hijos que están adquiriendo derechos, un paradigma que debemos superar mediante distintos mecanismos que resuelvan esta situación.

Líneas de Acción

·  Impulsar las modificaciones necesarias al artículo 27 constitucional para adecuarlo a las necesidades de asociación y capitalización del ejido mexicano.
· Fomentar el asociacionismo ejidal para consolidar unidades productivas tecnificables y rentables.
·   Impulsar la reconversión de la agricultura minifundista a cielo abierto por agricultura controlada en invernaderos tecnificados, sistemas de acolchado y otros.
· Impulsar la construcción de centros de acopio tecnificados para la consolidación de volúmenes de venta y trasformación.
· Fomentar la organización y agricultura por contrato con base en el minifundio.

  
V.- Ciencia y Tecnología Aplicada

Diagnóstico

Ha sido una realidad evidente que la actividad científica y tecnológica están separadas de los problemas y necesidades de la economía agrícola, la amplia y rica gama de investigadores con que cuenta el país, en escasa medida han vinculado sus actividades científicas con el problema cotidiano del productor agropecuario o industrial de productos agropecuarios y derivados, por eso es de la mayor importancia trabajar en la conectividad de estas dos áreas estratégicas.

Líneas de Acción

·  Impulsar la investigación biotecnológica para mejorar la adaptabilidad de nuestras especies agropecuarias al cambio climático.
· Impulsar en los centros de educación superior la especialización en investigación aplicada a problemas o productos agropecuarios específicos.
·    Propiciar que cada centro de educación superior o centro de investigación, se vincule a una o varias unidades productivas para integrar las cadenas de valor.
·   Impulsar ante los centros de educación superior la formación profesional de Técnico en Desarrollo de Vocaciones Productivas y Cadenas de Valor.
·     Fomentar la industrialización in situ de productos agropecuarios.


VI. Financiamiento para el Desarrollo

Diagnóstico

Durante la década de los sesenta y setenta los productores agropecuarios contaban con opciones financieras de apoyo a la capitalización: el BANRURAL, instituciones o programas contra siniestros o pérdidas en la agricultura y ganadería como la Aseguradora Nacional Agrícola y Ganadera (ANAGSA),  no obstante diferentes problemas sociales y financieros los llevaron a una sobrerregulación y disminuyeron sus posibilidades de apoyo, sin embargo, es primordial rediseñar mecanismos esenciales para capitalizar al sector.
  
Líneas de Acción

·     Impulsar el rediseño y fortalecimiento de la Banca de Desarrollo.
· Alentar la diversificación de líneas de financiamiento a las unidades productivas agropecuarias certificadas.
· Mayor promoción a los programas de financiamiento gubernamental complementario.
·     Promover programas sociales y privados de asesoría financiera.
· Proponer la obligatoriedad del concepto rendición de cuentas en los programas de financiamiento público y privado.
·     Impulsar  la normatividad y rediseño de la política financiera contra riesgos productivos agropecuarios.
·     Apoyar la capitalización y productividad competitiva mediante la promoción de un régimen fiscal “cero” para las actividades agropecuarias.

viernes, 3 de febrero de 2012

INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL OPD "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL" (PROPUESTA)


CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA

P R E S E N T E S


                        El que suscribe José Lauro Sánchez López, Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, someto a consideración de esta Honorable Asamblea, la INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL”, misma que presento sustentada en la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Que durante los años setenta la zona aledaña a la ciudad de Puebla, recibió una serie de inversiones en infraestructura vial y asentamiento de inversiones públicas y privadas, entre las que destacan: la construcción de la autopista México-Puebla, la autopista Puebla-Orizaba, la construcción de la empresa Cementos Atoyac y la industria automotriz Volkswagen, entre otras.

Que estas inversiones generaron un rápido crecimiento de la ciudad, de las juntas auxiliares y de los municipios vecinos a la capital del Estado, propiciando que en 1979 se expidiera la primera declaratoria de conurbación de Puebla, con ello la mancha urbana ingresó al grupo de ciudades medias del país que sumaban más de un millón de habitantes.

Que en 1985 se publicó la Ley de Desarrollo Urbano que buscó regular el crecimiento de la mancha conurbada de la Ciudad de Puebla, que para entonces ya requería de grandes obras de vialidad, que dieran fluidez a una zona en proceso de conurbación, así surgieron: la central de abasto, el sistema de mercados periféricos, construcción de la central camionera y vialidades como el circuito interior, la avenida 31 oriente-poniente y la autopista Atlixcáyotl, entre otras.


Que al iniciar la década de los noventa, el Gobierno del Estado emprendió una serie de estudios sobre la perspectiva de crecimiento de la Ciudad de Puebla, sus juntas auxiliares y municipios conurbados, estudios que en 1993 culminaron con el anuncio del Programa de Desarrollo Regional Angelópolis, que incluyó proyectos de infraestructura urbana, industrial, de vialidad y de mejora de servicios para el desarrollo integral de 14 municipios.

Que el crecimiento demográfico, y el incremento en la densidad de vehículos particulares, de transporte público y de transporte mercantil, en la ciudad de Puebla y su zona conurbada, exigieron en distintos periodos que los Gobiernos del Estado construyeran paulatinamente nuevas vialidades que le dieran mayor eficiencia al tránsito de la zona metropolitana: ampliación de avenidas, nuevos bulevares, nuevos circuitos, libramientos y distribuidores viales, entre otras obras.

Que sin embargo, la construcción y el crecimiento de las vialidades no han estado acompañadas por una instancia de gobierno, que se ocupe de su conservación, remodelación, modernización y mantenimiento, por lo que este rostro de la zona metropolitana se ha vuelto deplorable por una multiplicidad de factores, tales como:

·      Baches, alcantarillas destapadas, obras hidráulicas con deficiencias que ocasionan estancamientos en distintos puntos de la ciudad;

·      Camellones centrales y áreas verdes laterales con hierba desbordante y maleza que obstruyen la visibilidad y generan fauna nociva;

·      Toneladas de tierra y arena tanto al interior de los camellones como en los acotamientos de las vialidades;

·      Decenas de toneladas de residuos sólidos de diversos materiales esparcida por kilómetros, entre ellos: vidrio, plástico, papel, hule y animales muertos en todas las vialidades;

·      Postes de alumbrado público derribados, en desuso o impactados, dispersión de bases de concreto para postes, rocas de gran tamaño que representan riesgo para los vehículos, excavaciones en desuso y por periodos indefinidos;

·      Vialidades carentes de alumbrado público, señalética deficiente y disímbola, barreras centrales o laterales impactadas, desalineadas, rotas o grafiteadas; y

·      Publicidad no reglamentada, excesiva y en desorden que obstruye la visibilidad de los conductores.

Que todo ello ocasiona a diario múltiples accidentes automovilísticos con pérdidas humanas, personas lesionadas, pérdidas materiales, económicas, que afectan el patrimonio familiar de quienes transitan por ellas, que salvo en casos en que operan los seguros de automotores, los ocasionados por deficiencias en las vialidades nunca son reconocidos y resarcidos por las autoridades estatal o municipales, como prestadores de los servicios de las vialidades metropolitanas.

Que ante esta situación, es urgente que las autoridades asuman su responsabilidad, resolviendo la problemática del inadecuado servicio que se tiene en las vialidades de la zona metropolitana y Ciudad de Puebla, haciendo de ellas zonas limpias, ordenadas, verdes, seguras y confiables para todos los que las transitan.

Que por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los preceptos legales señalados, me permito someter a consideración de esta Soberanía la siguiente:

INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
"SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL”

CAPITULO I
DE LA NATURALEZA Y DEL OBJETO

ARTÍCULO UNO.- Se crea el Organismo Público Descentralizado denominado "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL", con personalidad jurídica y patrimonio propio.

ARTÍCULO DOS.- El Organismo tendrá por objeto planear, programar, presupuestar, administrar y elaborar los proyectos de conservación, limpieza, señalética, mantenimiento y modernización de la infraestructura vial que se encuentre dentro de la zona metropolitana del Estado.

ARTÍCULO TRES.- Para el cumplimiento de sus fines, el "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL", tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:

I.- Realizar todas las acciones y actividades necesarias para la conservación, limpieza, señalización, mantenimiento y modernización de la infraestructura vial de la Zona Metropolitana del Estado, por sí o a través de terceros;
II.- La planeación y programación de los proyectos que abarcará la infraestructura vial;
III.- La formulación y ejecución del Programa de conservación, limpieza, señalización, mantenimiento y modernización de la infraestructura vial de la Zona Metropolitana;
IV.- Convenir con las dependencias y entidades de los Gobiernos Federal, del Estado, y con los Municipios, así como con el sector social y privado, en el logro del objeto común;
V.- Determinar la aportación económica que deberán realizar cada uno de los Municipios que formen parte de la Zona  Metropolitana del Estado;
VI.- Establecer la coordinación necesaria con la autoridad competente para la reparación de los daños ocasionados por terceros a la red estatal;
VII.- Responder por los daños causados a usuarios, cuando se causen éstos, por la falta o inadecuado mantenimiento de la infraestructura vial metropolitana;
VIII.- Elaborar los programas anuales de gasto e inversión en materia de infraestructura vial;
IX.- Proyectar, instalar y mantener en operación el señalamiento y los dispositivos de seguridad en la red vial y zonas de acotamiento a su cargo;
X.- Supervisar que las obras se ejecuten conforme a las normas,  especificaciones, proyectos y programas aprobados y en su caso, conforme a lo estipulado en los contratos de obra;
XI.- Administrar sus programas, presupuestos y patrimonio, de acuerdo a las disposiciones legales aplicables; y
XII.- Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

ARTÍCULO CUATRO.-  Las vialidades que abarcará el "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL", son las siguientes:

I.-    Periférico Ecológico;
II.-   Vía Atlixcáyotl;
III.-  Carretera Federal Puebla-Atlixco;
IV.-  Recta Puebla-San Pedro Cholula-San Andrés Cholula;
V.-   Camino Real a Cholula;
VI.-  Boulevard Forjadores;
VII.- Boulevard San Pedro Cholula-Huejotzingo;
VIII.-Boulevard Aeropuerto-Autopista México-Puebla;
IX.-  Boulevard Puebla-Tlaxcala;
X.-   Boulevard Puebla-Tepeaca;
XI.-  Boulevard “Carlos Camacho Espíritu”; y
XII.-  Las demás que determine el Junta de Gobierno.

CAPITULO II
DEL PATRIMONIO

ARTÍCULO  CINCO.- El patrimonio del Organismo estará constituido por:

I.- Las aportaciones y demás ingresos que hagan a su favor los Gobiernos Estatal, Federal y Municipales;
II.- Los ingresos provenientes de las multas, así como del pago de derechos o  aprovechamientos que realicen los usuarios y que se acuerde previamente con los Municipios que integran la zona metropolitana del Estado;
III.- Las aportaciones que reciba de fondos federales o estatales, así como los recursos que por ordenamiento legal le correspondan; y 
IV.- Las demás aportaciones y donaciones que reciba del sector público y de los sectores social y privado.

CAPITULO III
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

ARTÍCULO SEIS.-  La estructura administrativa  del "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL", será la siguiente:

I.-  Una Junta de Gobierno,
II.- Un Director General, el cual será nombrado por la Junta de Gobierno a propuesta del Gobernador del Estado, y
III. Las Unidades Administrativas que sean necesarias para el mejor despacho de los asuntos que sean de su competencia, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento Interior del Organismo.

ARTÍCULO SIETE.- La Junta de Gobierno será la autoridad máxima del Organismo, y estará integrada por:

I.- Un Presidente, que será el Gobernador del Estado o la persona que éste designe para suplirlo;
II.- Un Secretario, que será designado por el Presidente, con el carácter de vocal;
III.- Titular de la Secretaría de Infraestructura, con el carácter de vocal;
IV.- Titular de la Secretaría de Transportes, con el carácter de vocal;
V.- Titular de la Secretaría de Finanzas, con el carácter de tesorero; y
VI.- Titular de la Secretaría de Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial, con el carácter de vocal.

Por cada miembro propietario se designará un suplente.

La Secretaría de la Contraloría designará a un Comisario Público, quien tendrá a su cargo la vigilancia del Organismo en los términos legales procedentes y participará en las sesiones con voz pero sin voto.

ARTÍCULO OCHO.- La Junta de Gobierno, celebrará, cuando menos, seis sesiones ordinarias al año, y las extraordinarias que sean necesarias a juicio del Presidente o de la mayoría de los miembros del mismo, previa convocatoria del Secretario.

La Junta de Gobierno podrá sesionar en la primera convocatoria con la asistencia de la mitad más uno de los miembros que lo integran, para lo cual, el día y hora señalados, el Secretario comprobará que exista quórum, dando cuenta de ello al Presidente. Así mismo, la Junta de Gobierno podrá sesionar en segunda convocatoria con los miembros que asistan.

Las resoluciones de la Junta de Gobierno se tomarán por mayoría simple, y en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

De cada sesión de la Junta de Gobierno se levantará el acta correspondiente que firmarán los que estén presentes.

El Presidente podrá invitar a las sesiones de la Junta de Gobierno a las instituciones de educación superior, a personas físicas o jurídicas, de orden público, privado o social cuya presencia sea de interés para los asuntos que se traten. Estas personas gozarán de voz, pero no de voto.

ARTÍCULO NUEVE.- La Junta de Gobierno para el cumplimiento de los fines del Organismo, tendrá los más amplios poderes para actos de dominio, administración, cambiarios y para pleitos y cobranzas, con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables.

ARTÍCULO DIEZ.- El desempeño de los miembros de la Junta de Gobierno será honorífico, por lo tanto, los integrantes del mismo no recibirán retribución alguna.

ARTÍCULO  ONCE.- La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades y obligaciones siguientes:

I.- Aprobar el Programa Anual de Infraestructura Vial que le presente el Director General, sujetándose a lo establecido en las diversas normas aplicables en la materia;
II.- Autorizar, en su caso, los programas anuales de trabajo y los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos del organismo, así como las modificaciones a los mismos;
III.- Aprobar, en su caso, el balance anual, los estados financieros y el informe anual de actividades que le presente el Director General;
IV.- Aprobar, en su caso, los proyectos de inversión que le sean presentado por el Director General;
V.- Aprobar el Reglamento Interior del Organismo y autorizar la expedición de los manuales de procedimientos correspondientes;
VI.- Nombrar, suspender y remover al personal de confianza del Organismo, a propuesta del Director General;
VII.- Determinar las nuevas vialidades que se integrarán a las relacionadas en el artículo tercero de la presente Ley;
VIII.- Determinar en la primera sesión los Municipios que formarán parte de la Zona Metropolitana, la cual será basada en las vialidades a que se refiere el artículo tercero;
IX.- Aprobar los lineamientos para el procedimiento del pago de daños en los bienes de las personas que sean afectadas, por el mantenimiento inadecuado a las vialidades descritas en la clausula tercera de la presente Ley;
X.- Conferir poderes generales y especiales, así como revocar los mismos, y
XI.- Las demás que le confieran otras normas y disposiciones aplicables.

El Programa Anual de Infraestructura Vial y el Balance de la Institución, este último deberá estar certificado por contador público, se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la Ciudad de Puebla, el primero antes del día 30 de diciembre de cada año y el segundo dentro de los dos meses que sigan al cierre de cada ejercicio fiscal.

ARTÍCULO DOCE.- Corresponde al Presidente de la Junta de Gobierno:

I.- Instalar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Gobierno;
II.- Iniciar, concluir y en su caso suspender todas y cada una de las sesiones de la Junta de Gobierno, así como dirigir y coordinar las intervenciones sobre los proyectos y asuntos sometidos a su consideración;
III.- Someter a votación los asuntos tratados;
IV.- Delegar en los miembros de la Junta de Gobierno la ejecución y realización de responsabilidades específicas para la consecución del objeto del Organismo, y
V.- Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

ARTÍCULO TRECE.- El Secretario de la Junta de Gobierno tendrá las facultades siguientes:

I.- Convocar, por instrucciones del Presidente, a los demás miembros de la Junta de Gobierno a las reuniones ordinarias y extraordinarias que procedan;
II.- Acudir a las sesiones ordinarias y extraordinarias que procedan;
III.- Formular las actas y acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias que
celebre la Junta de Gobierno;
IV.- Proponer en cada caso, el orden del día que se deberá desahogar en la sesión correspondiente; y
V.- Las demás facultades que le sean expresamente señaladas por el Presidente de la Junta de Gobierno y por el Reglamento Interior del Organismo.

ARTÍCULO CATORCE.- El Presidente someterá a la aprobación de la Junta de Gobierno el nombramiento del Director General, quien tendrá a su cargo las siguientes facultades:
I.- Ejecutar los acuerdos y disposiciones de la Junta de Gobierno;
II.- Elaborar y someter a la consideración de la Junta de Gobierno el Programa Anual de Infraestructura Vial, Programa Institucional, Programa de Presupuesto y los que se requieran para el debido funcionamiento del Organismo;
III.- Presentar bimestralmente a la Junta de Gobierno un informe de actividades, avance de programas y estados financieros, con las observaciones que estime pertinentes. Asimismo, presentará los informes que le solicite la Junta de Gobierno;
IV.- Rendir a la Junta de Gobierno un informe anual de las actividades del Organismo en el ejercicio anterior, acompañando un balance general contable y los demás datos financieros que sean necesarios;
V.- Representar, en su caso, al Organismo ante las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, Federal, Estatal o Municipal, así como ante las personas físicas y jurídicas con los poderes que le otorgue la Junta de Gobierno;
VI.- Celebrar convenios, contratos y demás actos jurídicos que sean necesarios para la realización del objeto del Organismo;
VII.- Realizar el pago de daños en los bienes de las personas que sean afectadas, por el servicio inadecuado de las vialidades descritas en la clausula tercera de la presente Ley, siempre y cuando se pruebe de forma plena la responsabilidad administrativa, y autorizada la misma por el Comisario Público;
VIII.- Proponer los lineamientos para el procedimiento del pago de daños en los bienes de las personas que sean afectadas, por el mantenimiento inadecuado de las vialidades descritas en la clausula tercera de la presente Ley, y presentarlas a la Junta de Gobierno para su aprobación;
IX.- Otorgar y suscribir títulos de crédito y celebrar operaciones de crédito hasta por la cantidad que autorice la Junta de Gobierno, siempre y cuando los títulos y las operaciones se deriven de actos propios del objeto del Organismo;
X.- Expedir los manuales de procedimientos, previa autorización de la Junta de Gobierno;
XI.- Proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento o remoción del personal de confianza del Organismo;
XII.- Nombrar, suspender y remover, en su caso, a los trabajadores que presten sus Servicios en el Organismo, cuya designación no esté a cargo de la Junta de Gobierno; y
XIII.- Las demás que le confiera el Reglamento Interior del Organismo y la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO QUINCE.- Para llevar a cabo las labores de vigilancia de la operación del Organismo, habrá un Comisario designado por la Secretaria de la Contraloría en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y demás disposiciones aplicables.

ARTÍCULO DIECISÉIS.- Las relaciones del Organismo con la administración centralizada se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y la Ley de Entidades Paraestatales del Estado.

Para efectos de coordinación, el "SISTEMA METROPOLITANO DE INFRAESTRUCTURA VIAL" se sectoriza a la Secretaria de Infraestructura.

CAPITULO IV
RELACIONES LABORALES

ARTÍCULO DIECISIETE.- Las relaciones laborales entre el Organismo y su personal se regirán por  lo establecido en la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Son trabajadores de confianza el Director General, los Directores y demás personal que efectúe labores de inspección y vigilancia.


T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.

TERCERO.- Las erogaciones que se deriven de la aplicación de esta Ley, estarán sujetas a la suficiencia presupuestal correspondiente.

CUARTO.- El Reglamento Interior del Sistema Metropolitano de Infraestructura Vial deberá elaborarse y aprobarse por la Junta de Gobierno en el término de noventa días naturales a partir de su instalación.

QUINTO.- La Junta de Gobierno deberá instalarse en el término de 30 días naturales a partir del siguiente día hábil de la publicación del presente Decreto en el Periódico Oficial del Estado.


Atentamente
H. Puebla de Z., a 25 de enero de 2012